e-ISSN 2954-4300 · https://doi.org/10.32399/ICSYH.bvbuap.2954-4300.2025.7.13.813
Reseñas e intervenciones
(Re)Leer a Pashukanis hoy. A propósito de “Marxismo y Derecho. A un siglo de la Teoría general de Pashukanis” (Mariana Giaretto y Alberto Bonnet, Eds., Buenos Aires, Prometeo, 2024)
(Re)reading Pashukanis today
Rodolfo Gómez
Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de Buenos Aires / Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales, Buenos Aires, Argentina
ORCID: https://orcid.org/0009-0008-1890-475X
rodolfo@clacso.edu.ar
A simple vista (es decir, desde un punto de vista –digamos- empirista), la relación entre derecho y poder (económico, político) resulta hoy de la mayor importancia. Más aún en una región como la latinoamericana donde actualmente –desde Ecuador, pasando por Brasil, Argentina, Chile, Bolivia, Colombia, Perú, El Salvador, Nicaragua, entre otros ejemplos-, de forma explícita, nos encontramos con modos de hacer política donde lo judicial se hace presente de modo preponderante.
Pero antes que esto sucediera, es decir, antes de que tuviera lugar la primera “oleada rosa” de los –llamados- gobiernos progresistas, este proceso de “judicialización” de lo político también se observó –considerando un modo más amplio de comprender la “política”- en los hechos de “criminalización de la protesta”, que los diferentes poderes judiciales continentales –junto con los medios masivos de comunicación ligados al proceso de reproducción capitalista- llevaron adelante –y llevan en la actualidad- sobre los diferentes movimientos sociales que de forma autónoma se hicieron presentes a lo largo y ancho de Nuestra América.
Este es el motivo –uno de los motivos- por el que resultó más que bienvenida, y de gran relevancia, la publicación de un libro como el que estamos aquí reseñando, que re-examina, de manera exhaustiva y crítica la obra del jurista soviético Evgeny Pashukanis; en particular su obra más importante: “La teoría del derecho y el marxismo” (publicada originalmente en 1924). Pueden leerse en esta publicación, compilada por Mariana Giaretto y Alberto Bonnet, artículos de autores de renombre en el derrotero del marxismo occidental y de las ciencias sociales en general, como ser los de Karl Korsch, Oscar Negt, Etienne Balibar, Antonio Negri, entre otros. Aunque, más allá de la importancia de estos nombres, resulte mucho más interesante encontrarse con la recuperación y difusión del trabajo de Pashukanis como así también con ciertos debates –promovidos a partir de su trabajo- que fueron y son invisibilizados incluso en la actualidad, pero que resultan imprescindibles para comprender el capitalismo contemporáneo como así las posibilidades de su superación.
Tal como se informa en la introducción, el volumen se encuentra organizado en dos partes, considerando en primer lugar los debates clásicos sobre la teoría del derecho y del Estado a los que dio lugar la obra de Pashukanis –particularmente dentro de la tradición marxista-, en tanto que la segunda parte se aboca a trabajar más bien ciertos aspectos de los debates contemporáneos sobre el derecho. Pero a la vez, también el libro se encuentra articulado a partir de los dos momentos en que se recepcionó la obra del jurista soviético en occidente, a saber: desde finales de la década del setenta e inicios de la de los ochenta (primer momento) y a principios del siglo XXI (segundo momento). Con la única excepción del trabajo clásico del mencionado Korsch, que abre el volumen, datado en la década del treinta del siglo XX. Para los compiladores, la inclusión de este texto radica en la importancia que tuvo en las discusiones sobre la renovación del marxismo que comenzaron a darse desde la década del veinte, en la que tuvieron que ver tanto Korsch como Lukács, los autores ligados con la primera generación de la Escuela de Frankfurt y por cierto Pashukanis; pero además el artículo se ubica en el momento histórico donde –con el ascenso del Stalin al poder- se debaten, entre otras cuestiones, la función del derecho dentro de las características de la “transición” al socialismo en el seno la URSS.
Los textos que se ubican luego, dentro de la primera parte del libro, ya corresponden al primer momento de recepción de la obra de Pashukanis en occidente. El caso del artículo de Chris Arthur es un buen ejemplo de la recuperación del autor soviético que tuvo lugar desde mediados de la década del setenta del siglo xx, dentro del panorama político intelectual del marxismo británico. Retoma aquí Arthur la referencia a Pashukanis para dar cuenta de la importancia que este autor le asignaba a la cuestión de la “forma” jurídica, por sobre el contenido (cuestión ésta última sobre la que habían hecho hincapié otros estudiosos marxistas del derecho), en su estrecho vínculo con la “forma” mercancía, para poder desarrollar una teoría materialista general y crítica del derecho. En la medida que también asumía que esa “forma” jurídica era una forma específica –como la de la mercancía- del capitalismo; esta misma debía extinguirse –junto con el Estado- una vez superado ese modo de producción.
El siguiente artículo de Oskar Negt, unos años previos al de Arthur, pero parte de esta primera recepción de la obra de Pashukanis en occidente a la que se hizo referencia, es uno de los textos marxistas “clásicos” sobre la teoría del derecho. En sus “Tesis sobre la teoría marxista del derecho” retoma varios de los elementos antes desarrollados por Pashukanis, como por ejemplo la estrecha vinculación que este postula entre la “forma” mercancía y la “forma” jurídica, pero a la vez considerando algunas de las objeciones que se le realizaron a su trabajo, en particular el cuestionamiento a la “derivación” de la “forma” del derecho –basada en la igualdad formal- de la “forma” del intercambio mercantil, esto es, de aquel modo de intercambio situado en la esfera de la circulación, en lugar de hacerlo de la “totalidad” del proceso capitalista. Cuestión importante para la tradición marxista que es retomada también por el texto posterior de Bernard Edelman, fechado en el mismo año que el de Negt, “Elementos para una teoría marxista del derecho”. Allí, Edelman considera la mencionada tópica de Negt referida a la derivación de la “forma” del derecho moderno, pero defendiendo la perspectiva de Pahukanis que vincula esta “forma” a la del intercambio mercantil –el “intercambio de equivalentes”- propio del capitalismo, señalando además la profunda imbricación entre ambas “formas” de modo tal que afirma que “el derecho, en la medida que fija el conjunto de las relaciones sociales tales como aparecen en la esfera de la circulación, vuelve posible, al mismo tiempo, la producción” (Edelman, 2024, página 95). Pero, además, como se señala en la introducción, el texto de Edelman –un autor que revista en la tradición marxista estructuralista francesa- que aquí se incluye, brinda también una interesante lectura de Pashukanis aplicada al campo de lo estético, en particular a la cuestión de los derechos de propiedad.
Es el artículo que le sigue, el de Ronnie Warrington (“Pashukanis y la teoría de la forma mercancía”), del año 1981, el que permite sintetizar las diferentes críticas que se le realizaron a la obra de Pashukanis, además de aquella mencionada de una “derivación” de la forma jurídica solamente extraída de la esfera de la circulación. Pueden verse aquí otras objeciones, como por ejemplo la realizada por otro de los grandes juristas rusos, Piotr Stucka, que sostiene la idea de que la vinculación estrecha planteada por Pashukanis entre “forma jurídica” y “forma mercantil” desplaza de cierto modo, al no considerar adecuadamente cuestiones relativas al contenido, la presencia de la lucha de clases al interior del ámbito del derecho. También refiere Warrington, por un lado, a cuestiones relativas al método utilizado por Pashukanis, y, por el otro, a uno de los puntos importantes sostenidos por este autor, aquel que caracteriza al derecho como una “forma” propiamente capitalista (más allá de ciertos antecedentes que pudieran encontrarse en períodos precapitalistas) y que, por lo tanto, deberá extinguirse –junto con el Estado capitalista- en la sociedad comunista.
El texto posterior, del también británico Alan Norrie (“Pashukanis y la ‘teoría de la forma mercancía’: una respuesta a Warrington”), se plantea la refutación –punto por punto- de las críticas realizadas por Warrington al trabajo de Pashukanis, tanto en el plano teórico como en el metodológico y, por cierto, también en el histórico. Resalta allí, sobre todo, la argumentación que defiende la caracterización del derecho, por parte de Pashukanis, como una “forma” necesariamente capitalista y por tanto necesariamente histórica, que no podrá extenderse más allá de esa formación social.
Cierra la primera parte del libro el temprano artículo del argentino radicado en México, Oscar Correas. Uno de los primeros latinoamericanos –su artículo aquí consignado, fue publicado inicialmente a finales de los años setenta- en realizar un abordaje sistemático del trabajo de Pashukanis y en desarrollar una importante corriente de crítica jurídica en toda la región.
La segunda parte del libro -compuesta por artículos más recientes, que dan cuenta del segundo momento de recepción de la obra de Pashukanis, extendida ahora a América Latina- abre con el artículo de Inge Elbe, del año 2004, que lleva por título “Forma mercancía, forma derecho y forma Estado. La explicación de Pashukanis del contenido de teoría del derecho y del Estado de la crítica marxiana de la economía”. Allí Elbe retoma el planteo metodológico de crítica de la economía política, que Pashukanis extrae de Marx, esto es, aquel que se plantea derivar la “forma” jurídica de la “forma” mercancía; para -de algún modo- ir más allá de lo que hizo Pashukanis respecto de la “forma” jurídica y extenderlo también hacia la “forma” Estado. Una posición desde la que Elbe lee a Pashukanis de forma contrapuesta a lo que llama los planteos del “socialismo adjetivado”, es decir, aquellos en los que –como en el caso de Stalin, entre otros- en lugar de seguir el método marxiano de crítica de la economía política, se busca desarrollar una “economía política socialista” o bien un “derecho socialista” o proletario.
El artículo que le sigue, de Andreas Harms, publicado originalmente en los años 2002 y 2018 (en una versión ligeramente modificada), titulado “La forma mercancía y la forma jurídica”, resulta un muy interesante intento de asociar el trabajo de Pashukanis con el derrotero de la Teoría Crítica frankfurtiana. En particular con aquellos trabajos en los que varios de estos autores ligados con esa tradición marxista, como ser Pollock, Neumann, Horkheimer, Adorno, Bloch, Marcuse, el mencionado Negt o Habermas, abordaron la problemática del derecho, del Estado y la cuestión de su extinción una vez superado el capitalismo.
El artículo posterior, de Celso Naoto Kashiura Jr. y Marcio Bilharinho Neves (“La revolución teórica de Pashukanis”), resulta un excelente ejemplo –junto con los de Alysson Mascaro y Luiz Felipe Brandao Osorio, que figuran en este volumen- de la recepción de la obra de Pashukanis en Brasil, tal vez el país latinoamericano donde encontramos el mayor impacto de la obra del jurista soviético. Se observa en el artículo –si tenemos en cuenta la paráfrasis althusseriana del título- respecto del trabajo de Pashukanis, un abordaje que se interroga, sin dejar de considerar el vínculo estrecho que plantea este último entre la “forma” mercancía y la “forma” jurídica, por el impacto configurador de esta última forma sobre el campo de la construcción de subjetividad y, por tanto, de una ideología que –en el sentido estrictamente marxista- se manifiesta en aquellas prácticas cotidianas que promueven la reproducción capitalista. De allí la siguiente afirmación de los autores respecto del derecho: “No se trata, por tanto, de dejar la lucha de clases fuera de la comprensión del derecho, porque el derecho es la forma en la que la lucha de clases no se manifiesta socialmente como tal” (Kashiura Jr. y Bilharinho Naves, 2024: 238).
En un texto escrito específicamente para este volumen, titulado “La derivación de la forma jurídica de Pashukanis: una defensa”, Alberto Bonnet pasa revista nuevamente a las diferentes objeciones que se realizaron al modo en que –siguiendo el método de la crítica de la economía política de Marx- Pashukanis derivó la “forma” jurídica” de la “forma” mercancía, retomando en particular muchos de los debates suscitados al respecto en Alemania como en Gran Bretaña. Y, si bien considera que algunas de estas objeciones –como las del anteriormente mencionado Negt, Ben Fine o Sol Picciotto- pueden ser tomadas en cuenta –más allá de la dificultad de su concreción teórica- para posteriores trabajos respecto del modo en que debe realizarse la derivación, sostiene finalmente que “un rasgo compartido por los críticos de la derivación de la forma jurídica de Pashukanis consiste en que ninguno ofrece una derivación alternativa” (Bonnet, 2024, página 272).
El abordaje posterior que lleva adelante Etienne Balibar en su artículo “Hegel, Marx, Pashukanis y la idea de derecho abstracto como forma burguesa”, publicado en el año 2023, tiene su punto de partida en el campo de la filosofía política. Lo que implica dar cuenta de un muy interesante itinerario que analiza el vínculo estrecho entre derecho, Estado y capitalismo desde Rousseau, Locke, Kant, Spinoza, Hegel, Marx, pasando por contemporáneos a Pashukanis –y rivales teóricos- como Kelsen, hasta llegar a autores más cercanos en el tiempo como Foucault, Derrida, Honneth, Cedric Robinson o Silvia Federici. Un elemento interesante que retoma aquí Balibar, adelantado en otros artículos del libro, es la cuestión del Estado y su función de imposición de un orden territorial, a partir de una “forma” de violencia que debe ser –en tanto que desplegada desde un Estado “de derecho”– legítima.
Esta última problemática –aquella que refiere al carácter coercitivo del Estado capitalista– es la que aborda y desarrolla enseguida Mariana Giaretto, en su texto “Derecho penal y violencia en Pashukanis”, que remite -por un lado- a una de las objeciones que se le suelen hacer a la teoría del derecho de Pashukanis (dado que se le achaca que al derivar la forma jurídica de la forma mercancía, hace foco en el derecho privado y por tanto no presta la atención debida, por ejemplo, al derecho penal), pero a la vez suponen poder abordar –desde una perspectiva anticapitalista– fenómenos de la mayor actualidad hoy día, como ser los de la llamada “inseguridad” o bien los de criminalización de la protesta.
El artículo posterior, de Alysson Mascaró, que lleva por título “Pashukanis y el fascismo”, resulta de notable interés, no solamente porque allí Mascaró da cuenta del conjunto de trabajos en los que Pashukanis abordó el fenómeno fascista, ligándolo, por cierto, al igual que al derecho, a las “formas” –en ese caso políticas- derivadas del funcionamiento capitalista, sino también porque dicho modo de análisis resulta de lo más adecuado para aplicar a gobiernos contemporáneos de extrema derecha, cuya discursividad presenta francas connotaciones neofascistas, del estilo Trump, Milei, Bolsonaro, Bukele, Meloni, Orban, Noboa, entre otros.
A posteriori, el autor brasilero Luiz Felipe Brandao Osorio nos convoca a considerar otro tema de importancia en estas épocas de notables transformaciones capitalistas, el del derecho internacional. El artículo de Brandao Osorio aborda el muy interesante trabajo del británico China Miéville, quien partió de la teoría general del derecho de Pashukanis para aplicarla al funcionamiento del derecho a nivel internacional, cuestión que no podría estar desligada de la búsqueda de comprensión del proceso de mundialización capitalista contemporánea. En una interpretación que va de considerar la llamada globalización como así el devenir –y la actualización- del imperialismo.
Los dos últimos textos nos devuelven a la recepción de Pashukanis en el panorama intelectual europeo. El primero de ellos, el del italiano Carlos di Mascio, que lleva por título “Pashukanis y la extinción del derecho”, propone una recuperación del pensamiento del jurista soviético, sobre todo en lo que respecta al rol que debe desempeñar el derecho en los procesos de transición al socialismo, por parte de un autor ligado a la vertiente del marxismo autonomista italiano.
El artículo que cierra el libro, resulta más bien un balance llevado a cabo por uno de los grandes intelectuales y activistas del obrerismo italiano de los sesenta y setenta: Antonio Negri. El escrito, que lleva por título “Pashukanis, medio siglo después”, supone una nueva interrogación de la obra del jurista soviético, hecha por Negri hacia el año 2017, a más de cuarenta años de su original –y temprana- publicación “Releyendo a Pashukanis: notas de discusión”, de 1974.
En este nuevo escrito Negri va a interrogar la obra de Pashukanis, a partir de su recepción político-intelectual en occidente, haciendo hincapié sobre los mecanismos de control (también políticos e intelectuales), desplegados primero durante la Guerra Fría, que buscaron impedir esa recepción del pensamiento de Pashukanis. Estos mecanismos, afirma, fueron desplazados a partir de diferentes momentos de ascenso de la lucha de clases, como fueron los que se sucedieron entre 1968 (en Francia) y 1969 (en Italia). Un segundo momento de ese mecanismo de exclusión -intelectual y político- pudo observarse según Negri durante la década del ochenta, con el auge de los gobiernos neoliberal-conservadores, cuando “se quiso borrar para siempre la memoria de la revolución” (Negri, 2024: 377). Sin embargo, sostiene el teórico italiano, esto no fue posible en tanto que se observa hoy una nueva reapropiación del pensamiento de Pashukanis, en primer lugar, porque su perspectiva todavía “sugiere un esclarecimiento de la solución a los impasses que actualmente desestabilizan el funcionamiento de los ordenamientos jurídicos en un mundo globalizado”, en segundo lugar, por su construcción de la “forma derecho” como una forma cambiante de juridización de lo social, y, en tercer –y último– lugar, porque permite que sigamos pensando en un horizonte de posibilidades más allá del capitalismo, un horizonte despojado de las formas de dominio –ideológicas, pero bien materiales- del derecho, del Estado y del capital como totalidad.
Si asumimos este último punto como nuestro, deberemos acordar que, entonces, la obra de Evgeny Pashukanis resulta de la mayor importancia hoy día, en el marco de una actualidad capitalista que no sólo se perpetúa, sino que lo hace a partir de las peores prácticas y sin importar ni su racionalidad ni sus consecuencias. Sin dudas este libro, que aborda desde diferentes aspectos y problemáticas las principales tópicas desarrolladas por Pashukanis, resulta un buen punto de partida para recuperar los trabajos y las ideas de este autor siempre maldecido –como nos muestra Negri– por el poder del capital y de los Estados capitalistas de diferente tipo, sean estos de occidente u oriente.
BIBLIOGAFÍA
Bonnet. Alberto (2024), “La derivación de la forma jurídica de Pas-
hukanis: una defensa”. En Bonnet, Alberto y Giaretto, Mariana
(Eds.), Marxismo y derecho. A un siglo de la Teoría general de
Pashukanis. Buenos Aires: Prometeo.
Edelman, Bernard (2024). “Elementos para una teoría marxista
del derecho”. En Bonnet, Alberto y Giaretto, Mariana (Eds.),
Marxismo y derecho. A un siglo de la Teoría general de Pashuka-
nis. Buenos Aires: Prometeo.
Kashiura Jr., Celso Naoto y Bilharinho Naves, Marcio (2024). “La re-
volución teórica de Pashukanis”. En Bonnet, Alberto y Giaretto,
Mariana (Eds.), Marxismo y derecho. A un siglo de la Teoría gene-
ral de Pashukanis. Buenos Aires: Prometeo.
Negri, Antonio (2024). “Pashukanis, medio siglo después”. En Bonnet,
Alberto y Giaretto, Mariana (Eds.), Marxismo y derecho. A un siglo
de la Teoría General de Pashukanis. Buenos Aires: Prometeo.